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Estado Regional y otros 27 artículos fueron aprobados, pero 8 no cumplieron los ⅔ ¿Cuáles son?

El pleno de la Convención Constitucional aprobó en general 28 de 36 artículos del informe de la organización territorial de nuestro país. Se destacan la consagración del Estado Regional, plurinacional y el establecimiento del concepto de “maritorio”.

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17 Febrero, 2022

Tras una larga jornada de votación en general, la Convención Constitucional aprobó 28 nuevos artículos, donde destaca especialmente la propuesta que consagra a Chile como un Estado Regional, un concepto que fue criticado por los sectores ligados a la derecha y que sigue siendo polémico.

Las normas aprobadas pasan a la votación en particular, mientras las rechazadas volverán a la comisión para ser reformuladas y votadas en el pleno nuevamente.

El debate previo a la votación se centró en las críticas sobre la posible instauración de un Estado regional, lo que fue ampliamente criticado por la centroderecha  y considerado como un “Estado federal encubierto”. Los independientes y gran parte de constituyentes de regiones, plantearon que el  Estado unitario descentralizado “fracasó”.

Resumen puntos aprobados

El resultado de la votación arrojó que se aprobaron algunos de los puntos más importantes de la agenda de los pueblos originarios y sectores regionalistas, especialmente por el artículo que establece que “Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado”, el cual se ratificó con 112 votos a favor, 32 en contra principalmente de Vamos por Chile y 8 abstenciones.

También se aprobó la norma que sostiene que “Chile, en su diversidad geográfica, natural, histórica y cultural, forma un territorio único e indivisible. Los límites del territorio son los que establecen las leyes y los tratados internacionales”, consiguió 128 respaldos y 25 rechazos.

Por otro lado, la propuesta de “maritorio”, que la comisión de Forma de Estado definió como parte del territorio y “está integrado por el mar territorial, las aguas interiores y la zona costera”, se aprobó con 111 votos a favor, 36 en contra y 6 abstenciones.

Además, el artículo que define que las regiones, comunas y autonomías territoriales indígenas son autónomas política, administrativa y financieramente, aunque eso no permitirá la secesión territorial, obtuvo 111 votos a favor, 37 en contra y 2 abstenciones.

Resumen puntos rechazados

El pleno de la Convención rechazó el artículo 36, donde se establece que “la Contraloría General de la República, las Contralorías Regionales y la Dirección de Control Municipal, son órganos que ejercerán autonomía con el control y fiscalización del Poder Ejecutivo Central, de los Gobiernos Regionales y de los Municipios, respectivamente”. Se obtuvo 88 votos a favor y 63 en contra.

El artículo propone que “las autoridades de las regiones serán: el Gobierno regional, la asamblea legislativa regional y el Consejo Social regional”, fue rechazado por 111 votos a favor, 40 en contra y 1 abstención, no cumpliendo los 2/3.

También se rechazó el artículo 25, sobre asambleas legislativas regionales, que define que este es un órgano de “representación popular, colegiado, autónomo, plurinacional y paritario, dotado de potestades legislativas”. El resultado fue: 100 votos a favor, 51 en contra y 2 abstenciones. Los votos que frenaron esta iniciativa fueron del PC.

Lo mismo pasó con el Partido Comunista en el artículo 31 sobre las atribuciones de las asambleas legislativas, con 100 votos a favor y 54 en contra. A esto suma el n° 32, sobre competencias exclusivas de la legislación regional, que tuvo 1o2 votos a favor y 52 en contra.

Detalle votación de artículos

  • Artículo 1 – Estado regional, plurinacional e intercultural – Aprobado con 112 votos a favor
  • Artículo 2 – Entidades territoriales autónomas – Aprobado con 103 votos a favor
  • Artículo 3 – Chile forma un territorio único e indivisible – Aprobado con 128 votos a favor
  • Artículo 4 – El maritorio chileno – Aprobado con 111 votos a favor
  • Artículo 5 – De la autonomía de las entidades territoriales – Aprobado con 111 votos a favor
  • Artículo 6 – De la solidaridad, cooperación y asociatividad territorial en el Estado Regional – Aprobado con 141 votos a favor
  • Artículo 7 – De la participación en las entidades territoriales en el Estado Regional – Aprobado con 116 votos a favor
  • Artículo 8 – Del desarrollo territorial – Aprobado con 120 votos a favor
  • Artículo 9 – De la equidad, solidaridad y justicia territorial – Aprobado con 146 votos a favor
  • Artículo 10 – Sobre la plurinacionalidad e interculturalidad en el Estado Regional – Aprobado con 115 votos a favor
  • Artículo 11 – De la postulación y cesación a los cargos de las entidades territoriales – Aprobado con 117 votos a favor
  • Artículo 12 – Principio de no tutela entre entidades territoriales – Aprobado con 146 votos a favor
  • Artículo 13 – Correspondencia entre competencias y recursos – Aprobado con 149 votos a favor
  • Artículo 14 – Cuestiones de competencia – Aprobado con 139 votos a favor
  • Artículo 15 – Libertad de circulación entre entidades territoriales – Aprobado con 125 votos a favor
  • Artículo 16 – Radicación preferente de competencias – Aprobado con 129 votos a favor
  • Artículo 17 – Diferenciación territorial – Aprobado con 151 votos a favor
  • Artículo 18 – De las regiones autónomas – Aprobado con 109 votos a favor
  • Artículo 19 – Cláusula residual, es decir, competencias no atribuidas expresamente al Estado podrán corresponder a regiones autónomas – Rechazado con 87 votos a favor
  • Artículo 20 – Del Estatuto Regional – Aprobado con 105 votos a favor
  • Artículo 21 – De la elaboración, aprobación y reforma del Estatuto Regional – Aprobado con 107 votos a favor
  • Artículo 22 – De las autoridades regionales – Aprobado con 111 votos a favor
  • Artículo 23 – Del Gobierno Regional – Aprobado con 116 votos a favor
  • Artículo 24 – Consejo de Alcaldes y Alcaldesas – Aprobado con 142 votos a favor
  • Artículo 25 – De la Asamblea Legislativa Regional – Rechazado con 100 votos a favor
  • Artículo 26 – Del Consejo Social Regional – Aprobado con 110 votos a favor
  • Artículo 27 – De las competencias de la región autónoma – Aprobado con 109 votos a favor
  • Artículo 28 – De las entidades con competencia sobre todo el territorio – Aprobado con 113 votos a favor
  • Artículo 29 – Consejo de Gobernaciones – Aprobado con 109 votos a favor
  • Artículo 30 – De los Ministerios y Servicios Públicos – Rechazado con 82 votos a favor
  • Artículo 31 – Atribuciones exclusivas de la Asamblea Legislativa Regional – Rechazado con 100 votos a favor
  • Artículo 32 – Competencia exclusiva de la legislación regional – Rechazado con 102 votos a favor
  • Artículo 33 – De las competencias legislativas concurrentes – Rechazado con 82 votos a favor
  • Artículo 34 – De la legislación regional – Rechazado con 102 votos a favor
  • Artículo 35 – De las atribuciones exclusivas del Gobierno Regional – Aprobado con 104 votos a favor
  • Artículo 36 – Del control y la fiscalización – Rechazado con 88 votos a favor

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