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SII descarta presiones y quiebre interno, pero reconoce diferencias entre Jorrat y Vargas

En respuesta a denuncias de Ciper, el organismo declaró que “jamás ha estado en duda para las autoridades del Servicio la presentación de las acciones judiciales que corresponda realizar, pero también es primordial que éstas estén técnicamente bien fundamentadas”.

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9 Mayo, 2015

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“El Director no ha recibido ninguna presión para dilatar la presentación de estas acciones penales”, dice el texto de la declaración pública que esta madrugada envió el SII respondiendo a las acusaciones de un reportaje publicado ayer por Ciper Chile, en el que imputa a Michelle Jorrat haber dilatado la presentación de acciones legales contra Giorgio Martelli a raíz de presiones provenientes de Hacienda e Interior, entre otras acusaciones.

La nota revela además un quiebre al interior del Servicio, entre Jorrat y elsubdirector jurídico Cristián Vargas, el que no queda del todo desmetido por el comunicado que envía la entidad.

Este es el texto de la declaración pública del SII:

El diario electrónico Ciper Chile publicó esta tarde un reportaje informando que existiría un profundo quiebre al interior del Servicio de Impuestos Internos, provocado por la presunta “postergación” en la presentación de una querella del organismo en contra de Jovino Novoa y Giorgio Martelli, a raíz de presiones ejercidas desde los Ministerios del Interior y de Hacienda. La nota periodística hace referencia a una serie de situaciones relacionadas con procedimientos internos del SII y los vincula con otras circunstancias de connotación claramente política, que por su propia naturaleza son absolutamente ajenas a los objetivos y carácter técnico de esta institución fiscalizadora.

En primer lugar, este Servicio desmiente categóricamente lo señalado en la referida publicación en orden a que el Director haya “aplazado” la presentación de una acción judicial que estaba lista el lunes 4 de mayo. Recién el miércoles 6 de mayo, a las 23:24 horas, el Director recibió un correo electrónico del Subdirector Jurídico con el último borrador de los “proyectos de querellas”, con datos formales incompletos. Después de revisar uno de los informes de recopilación de antecedentes, el Director constató que no se habían realizado todas las diligencias necesarias para fundamentar adecuadamente la querella, por lo cual le solicitó al Subdirector Jurídico que realizara una actuación adicional el día jueves o a más tardar el viernes 8 en la mañana, de tal forma de alcanzar a presentarla ese mismo día, incorporando el resultado de ella.

Es falso, por lo tanto, que la diligencia adicional obligara a postergar la presentación de la querella por una semana. De hecho, demoró la redacción final sólo un día, como queda reflejado en otra parte del mismo artículo de Ciper. Es efectivo que el Subdirector Jurídico consideró innecesaria esta diligencia adicional, y, al no estar de acuerdo con ella, advirtió que esto podría acarrearle responsabilidades administrativas por lo que pidió que se le revocara la delegación de la facultad de accionar penalmente y que ésta volviera al Director.

En relación con este punto, jamás ha estado en duda para las autoridades del Servicio la presentación de las acciones judiciales que corresponda realizar, pero también es primordial que éstas estén técnicamente bien fundamentadas, de lo contrario se corre el riesgo de que fracasen en los tribunales. Eso es justamente lo que se tuvo en cuenta para solicitar la diligencia adicional, que consistió en tomarle declaración al virtual implicado. Además, en caso alguno la demora de un día en la redacción de una querella podría acarrear responsabilidades administrativas para el Subdirector Jurídico, sobre todo cuando la facultad de ejercer acción penal es discrecional de acuerdo a la ley.

El Director no ha recibido ninguna presión para dilatar la presentación de estas acciones penales, pero obviamente es su responsabilidad que todas las actuaciones del SII estén técnicamente fundamentadas.

En segundo lugar y respecto de la condonación que benefició a la sociedad del Sr. Jovino Novoa, se trata de una actuación del contribuyente que se llevó a cabo en la Dirección Regional respectiva, razón por la cual, una vez que se tomó conocimiento de los hechos, se instruyó a la Contraloría Interna del Servicio el inicio de una investigación administrativa para verificar el cumplimiento de las instrucciones vigentes. El Subdirector de Fiscalización no tuvo conocimiento ni interferencia alguna sobre esta materia. Cabe precisar que, en todo caso, el que exista una eventual condonación no inhibe la posterior presentación de una querella en caso de que corresponda.

Respecto de la rectificación de la empresa SQM Salar, como es de público conocimiento la compañía ha realizado diversas presentaciones las que están siendo sometidas a los procedimientos de fiscalización correspondientes en la Dirección de Grandes Contribuyentes.

Por otra parte, el artículo sostiene que las declaraciones que prestaron ante el SII los hijos del Senador Pizarro se habrían mantenido bajo reserva por más de un mes, sin que los investigadores hayan tenido acceso a ellas. Esta afirmación resulta absolutamente inverosímil, toda vez que quienes toman declaraciones a los contribuyentes en el Servicio son los mismos “investigadores”.

Asimismo, las mencionadas investigaciones sobre el listado de contribuyentes que figuran en las cuentas del Banco HSBC y sobre contratos forwards están radicadas en la Subdirección de Fiscalización y se han desarrollado normalmente. De hecho, aparecen mencionadas en el Plan de Fiscalización que el SII publicó recientemente en su página Web.

Al contrario de lo que se asevera en la nota, el Director no ha participado en ningún grupo coordinado por la Jefa de Gabinete del Ministerio de Hacienda ni en ningún otro que promueva una salida extrajudicial a los casos en comento. En este sentido, la autonomía del SII ha sido respetada por el Ministerio y esta independencia se ha demostrado con hechos. El artículo no menciona que, respecto del caso Penta, este Servicio ha presentado 3 denuncias y 4 querellas; y respecto del caso SQM, se han presentado 2 denuncias y una querella.

En relación con la tesis del Sr. Ricardo Escobar respecto de que no habría delitos en el uso de boletas falsas para financiar la actividad política, en todas sus actuaciones este Servicio aplica rigurosamente lo que señala la ley, tal como ha quedado demostrado en cada una de las acciones legales presentadas.

El Servicio de Impuestos Internos lamenta profundamente que un medio prestigioso como Ciper Chile haya validado como fuentes a personas que proporcionaron información parcial y sesgada, que aparentemente tienen el propósito de utilizar al SII con otros fines, totalmente ajenos al quehacer propio de la institución.

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