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10 Mayo

¿Cuáles son las multas y sanciones de la ley que endurece penas por incumplimiento de medidas sanitarias?

Presidente Sebastián Piñera FOTO: Agencia Uno.

El presidente Sebastián Piñera informó que esta medida “establece también que quienes obliguen a una persona a trabajar infringiendo las normas sanitarias, también arriesgan penas de cárcel”.

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18 Junio, 2020

Este jueves , el presidente Sebastián Piñera promulgó la ley que modifica el Código Penal y que endurece las penas por incumplimiento de medidas sanitarias, medida que fue despachada ayer por el Congreso.

“Hemos tomado un conjunto de medidas preventivas y hemos incrementado sustancialmente nuestro sistema de salud para prestar las atenciones médicas que nuestros compatriotas, los que están enfermos necesitan”, señaló

El mandatario destacó que las cuarentenas han afectado a 9 millones de chilenos y chilenas; y enumerando las medidas como residencias sanitarias, cordones sanitarios y aduanas sanitarias para combatir la propagación de la pandemia del COVID-19.

“Se han realizado más de 24 millones de controles ymás de 100 mil detenciones”, explicó el mandatario, quien indicó que ninguna de estas medidas eran suficientes, sin la ayuda y prevención de las propias personas para que cumplan con el lavado de mano, uso de mascarillas y distanciamiento físico.

El mandatario explicó que“esta ley también eleva las multas por infracción hasta poco más de $12 millones en los casos más graves”.

Además, informó que esta medida “establece también que quienes obliguen a una persona a trabajar infringiendo las normas sanitarias, también arriesgan penas de cárcel”.

¿Cuáles son las multa y sanciones?

La modificación implica que las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de $300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de $300 mil a $10 millones.

Por otra parte, la ley considera un agravante convocar a espectáculos, celebraciones o festividades, y se considera delito calificado para quien ponga en riesgo la salud pública, con penas de541 días a 5 años y multas de $ 1,2 millones a $12,5 millones.

La iniciativa también sanciona al empleador que ordena al trabajador a infringir las medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo y permite establecer la responsabilidad penal de la persona jurídica.

Revisa el discurso del presidente aquí:

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