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Así será el nuevo pago mínimo de las tarjetas de crédito

Hasta ahora, cada entidad financiera definía su propia fórmula para determinar el pago mínimo, lo que en muchos casos resultaba en montos demasiado bajos que, si bien ofrecían flexibilidad en momentos difíciles, terminaban acumulando altos intereses para los usuarios.

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6 Junio, 2025

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La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) anunció una nueva normativa que cambiará la forma en que se calcula el pago mínimo mensual de las tarjetas de crédito, medida que busca reducir el sobreendeudamiento en los hogares chilenos.

Hasta ahora, cada entidad financiera definía su propia fórmula para determinar el pago mínimo, lo que en muchos casos resultaba en montos demasiado bajos que, si bien ofrecían flexibilidad en momentos difíciles, terminaban acumulando altos intereses para los usuarios.

“Aunque pagar el monto mínimo en tarjetas de crédito puede ofrecer flexibilidad durante periodos complejos desde el punto de vista financiero, es importante tener en cuenta que esta opción suele conllevar el pago de más intereses y prolongar el plazo de la deuda”, explicó la entidad.

¿Cómo será el nuevo cálculo?

El nuevo sistema define el pago mínimo como la suma del Monto No Financiable (MNF) más un 5% del Monto Financiable (MF). Esto se interpreta de la siguiente forma.

  1. Monto No Financiable (MNF): Incluye las cuotas sin interés del período, además de intereses, comisiones, impuestos, cargos adicionales, primas de seguros y otros cobros asociados. Este monto deberá pagarse íntegramente cada mes.
  2. Monto Financiable (MF): Corresponde a la diferencia entre el total facturado y los MNF, que incluye cuotas con interés, las cuales pueden ser pagadas en el periodo de facturación.

Si este mes gastaste $100.000 en tu tarjeta y $30.000 son cuotas sin interés, esos $30.000 del Monto No Financiable, tendrás que pagarlos completos. Del resto, es decir los $70.000 del Monto Financiable, deberás pagar al menos un 5% ($3.500). Por lo tanto, tu pago mínimo total será de $33.500.

La CMF explicó que esta modificación busca evitar situaciones en que los usuarios terminan pagando intereses por compras que inicialmente fueron pactadas como “sin interés”. De hecho, según datos del organismo, el 84% de las personas termina pagando intereses por este tipo de operaciones.

Por otra parte, la norma contempla excepciones para personas que atraviesen dificultades económicas. En esos casos, se podrá suspender el pago de la deuda por hasta dos meses consecutivos, siempre que se regularice en un plazo máximo de 24 meses y se justifique ante la CMF.

¿Desde cuándo se aplicará la medida?

La normativa entrará en vigor en junio de 2026, pero su aplicación será paulatina.

Cada seis meses se incrementará en un 25% la porción de las cuotas sin interés (MNF) que debe incluirse en el pago mínimo, hasta llegar al 100% al cabo de dos años. En paralelo, se exigirá también el 5% del MF como parte del pago obligatorio.

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