Cada año, se registran numerosos casos de personas extraviadas o accidentadas al subir cerros, realizar senderismo ó excursionismo (trekking) en Chile. Estas situaciones, en su mayoría, se deben a decisiones arriesgadas o falta de preparación. Como resultado, se activan costosos y riesgosos operativos de búsqueda y rescate, donde participan equipos especializados como Bomberos, Carabineros o Socorro Andino.
El proyecto que busca sancionar la imprudencia
Esta semana, la Cámara de Diputados aprobó con 120 votos a favor y solo cinco abstenciones un proyecto de ley que busca sancionar las conductas temerarias que originan estos rescates. Ahora, la iniciativa pasa a su segundo trámite en el Senado, donde se espera que reciba el mismo respaldo transversal.
La propuesta establece que las personas que realicen trekking o excursiones deben cumplir una serie de condiciones mínimas de seguridad. Por ejemplo, se considera imprudencia temeraria:
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No llevar ropa, calzado o equipamiento adecuados.
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Pasar por alto la hidratación, la alimentación o un botiquín básico.
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Ignorar el pronóstico del clima o hacer la actividad de noche sin visibilidad.
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Realizar la actividad bajo la influencia de alcohol o drogas.
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No seguir rutas autorizadas o no avisar a la autoridad cuando se visita un área protegida.
Requisitos obligatorios al hacer trekking
Quienes realicen este tipo de actividades deberán llevar obligatoriamente elementos como:
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Linterna.
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Sistema de comunicación.
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Agua.
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Alimentos.
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Botiquín de primeros auxilios.
Además, deberán informar su actividad a la administración del área protegida, Carabineros o la municipalidad local.
Multas por rescates innecesarios
Si una persona incurre en alguna de estas negligencias y debe ser rescatada, las instituciones involucradas podrán presentar una denuncia ante el Juzgado de Policía Local. Este podrá imponer multas entre 1 y 10 UTM, es decir, hasta unos $700 mil pesos aproximadamente.
En el caso de los menores de edad, los responsables del pago serán sus padres o adultos a cargo.