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Suprema da la razón a municipios. Sociedades de inversión pasiva deben pagar patente

La justicia acogió los recursos de municipios de Santiago y Valparaíso sobre el pago de los permisos y desestimó la resolución de la Contraloría que les eximía del cobro por no registrar actividad comercial. PAULA GALLARDO

Por:

9 Julio, 2012

Los ya varios años de disputa entre los municipios y la Contraloría General de la República acerca de la validez de los cobros de patente a las sociedades de inversión pasiva, parecieran estar escribiendo sus últimos capítulos.

Es que la justicia acogió los dos recursos de protección interpuestos por un grupo de municipalidades, en contra de la resolución del órgano contralor, en la que determinaba que dichas sociedades, por no registrar actividad comercial, estaban exentas del pago de permisos en sus respectivas comunas.

Pero eso no es todo. En la redacción de los fallos, se recomienda por primera vez desde que se inició la disputa, que la entidad que dirige Ramiro Mendoza debe respetar la jurisprudencia que han ido fijando los tribunales en esta materia, y que consta en tres resoluciones anteriores en las que la justicia también dio la razón a los municipios respecto de la validez del cuestionado cobro.

ATRIBUCIONES 
La disputa data de 2010 cuando por primera vez la Contraloría señala que las sociedades de inversión pasiva no debían pagar patente. Ante nuevas consultas, la entidad ratificó su proceder a principios de este año.

En la misma resolución, la Contraloría avalaba que los contribuyentes que se sintieran afectados podían exigir a los gobiernos comunales la devolución retroactiva de los dineros pagados.

Esto gatilló la presentación de un primer recurso de protección que lideró la municipalidad de Santiago, sumándose luego las alcaldías de Macul, La Granja, Providencia y la propia Asociación Chilena de Municipalidades, por cuanto afectaba los recursos que existen en el Fondo Común Municipal, al que todas las comunas aportan.

Paralelamente, el municipio de Zapallar interpuso un recurso similar en la Corte de Apelaciones de Valparaíso.

Ambos recursos fueron acogidos por los tribunales y el argumento respecto del recurso presentado en Santiago, apuntó a que  “la facultad para la interpretación administrativa de la ley en el ámbito tributario está entregada exclusivamente al Director del Servicio de Impuestos Internos”.

Por ello, agrega, “no se observa facultad alguna de la Contraloría General de la República, en la normativa que la rige vinculada a realizar interpretaciones sobre materias tributarias (…) menos aún declarar que determinadas actividades se encuentran exentas del tributo”.

Sin embargo, ante la apelación de la Contraloría al recurso presentado en Valparaíso, la decisión final quedó en manos de la Corte Suprema, que nuevamente dio la razón al municipio. Sólo que esta vez, además de reiterar que el ógano fiscalizador no tiene las atribuciones para pronunciarse en materia tributaria, agrega en forma tajante que ésta queda subordinada a las decisiones de los tribunales.

“Debe dejarse establecido una vez más que la Contraloría debe inclinarse ante la jurisprudencia de los tribunales, lo que es fundamental para el orden institucional y particularmente válido cuando ésta es uniforme y permanente en el tiempo”, señala el texto.

El hecho de que la justicia nuevamente haya dado la razón a los municipios, fue aplaudido por el presidente de la Asociación que los agrupa y alcalde de Vitacura, Raúl Torrealba.

“Siempre lo dijimos: las sociedades de inversión pasiva deben pagar patente y la Corte así lo determinó. Un presidente dijo tiempo atrás que los fallos son para cumplirlos y no para comentarlos y eso debe valer también para la Contraloría”, sentenció.

En tanto, el ente regulador señaló que no haría comentarios sobre el tema.

Debes saber

¿Qué ha pasado?  
Desde 2010 y a solicitud de los contribuyentes, los municipios mantienen una disprepancia con la Contraloría respecto de los pagos de patente de las sociedades de inversión pasiva.

¿Por qué ha pasado? 
La Contraloría en una resolución de 2010 y ratificada este año, señaló que dichas sociedades no debían pagar el permiso porque no registraban actividad comercial .

¿Qué consecuencias tiene? 
Con ello, los municipios dejaban de percibir más de $8.500 millones al año por concepto de patentes y además, debían devolver los dineros pagados desde 2010. Los municipios apelaron y la justicia les dio la razón.

Vía Pulso.

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