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¿Qué es el interlocking horizontal?: La acción por la que la FNE pide multar a Hernán Büchi

Según la Fiscalía Nacional Económica este requerimiento es consecuencia de una investigación iniciada por oficio mediante el uso de herramientas  tecnológicas que tienen por fin detectar vínculos entre competidores, ya sea por medio de participaciones sociales o de personas naturales, como en los presentes casos.

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31 Diciembre, 2021

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó un requerimiento ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en contra de Hernán Büchi, Banco de Chile, Consorcio y Falabella por infracción en la participación simultánea de un mismo director o ejecutivo en dos o más empresas competidoras.

Según detallaron desde la FNE, este requerimiento es consecuencia de una investigación iniciada por oficio mediante el uso de herramientas  tecnológicas que tienen por fin detectar vínculos entre competidores, ya sea por medio de participaciones sociales o de personas naturales, como en los presentes casos.

La información recopilada por la FNE revela que Büchi fue asesor del directorio de Banco de Chile desde 2008 a 2019, cuando fue designado director, cargo que fue renovado en la junta de 2020. En Falabella es director desde 2014 y en Consorcio desde 2016, en ambos casos hasta la fecha.

La prohibición del interlocking data de 2017 y se refiere solo a firmas que sobrepasen un umbral de ventas de 100.000 UF anuales (unos $3.100 millones) y que comercialicen productos o servicios con funciones o características similares. Ambos requisitos se cumplen en este caso.

Por estas razones, la entidad solicita al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aplicar a Hernán Büchi una multa de $357 millones, al Banco de Chile una de $2.899 millones, a Consorcio Financiero una de $2.678 millones y a Falabella una de $2.632 millones. También pide ordenar el cese de la participación simultánea de Büchi en estas empresas y adoptar “todas las medidas necesarias para evitar cualquier uso de la información sensible obtenida por él” mientras integraba dichos directorios en otras empresas competidoras.

¿Qué es el interlocking? 

De acuerdo con la OCDE, el interlocking ocurre cuando una o más empresas tienen en común uno o más miembros de sus respectivos directorios.

Se trata de una práctica generalizada en muchas economías alrededor del mundo, y no es en sí misma y por sí sola, necesariamente lesiva para la competencia, pudiendo, de hecho, producir beneficios pro-competitivos (Michael E. Jakobs, 2017). Así, por ejemplo, el interlocking podría tener sentido desde una perspectiva comercial y económica, particularmente en industrias donde las personas experimentadas que pueden formar parte de los directorios son escasas. Adicionalmente, al proveer expertise dentro de la dirección de una determinada empresa, el interlocking podría proporcionarle legitimidad y prestigio para obtener recursos financieros necesarios para su operación.

Interlocking horizontal directo

El interlocking horizontal directo es la figura que desde la óptica de libre competencia mayores preocupaciones genera y ocurre cuando una misma persona es miembro del directorio de dos o más empresas competidoras entre sí.

En este caso, la preocupación que surge es que la interconexión entre directorios pueda conducir a la coordinación horizontal de la conducta comercial de las empresas competidoras mediante el intercambio de información, comportamientos paralelos o una serie de otras actividades que podrían afectar negativamente a la competencia en detrimento del bienestar de los consumidores.

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