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26 Abril

General Yáñez dispone que carabineros puedan portar pistola institucional mientras se encuentren “de franco”

carabineros Foto: Agencia Uno

Según el texto, esta decisión se tomó “atendidas las diversas actuaciones del personal de Carabineros, que en calidad de franco y en cumplimiento del deber”.

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11 Enero, 2024

“Personal que no posee armamento particular”. Ese fue el nombre del documento que el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, envió a todas sus unidades este viernes 5 de enero. El texto, el cual informó La Tercera, pretende hacerse cargo de una preocupación que se ha elevado en la institución.

Frente al aumento en la delincuencia a nivel nacional, el mandamás de Carabineros comenzó a idear una estrategia para proteger a los policías cuando estos no estén en sus funciones o más conocidos como carabineros “de franco“.  Así se llegó a la idea de que todos los uniformados, aunque no estén en su horario laboral, podrán portar un arma.

De esta forma, y según lo estipulado en el documento antes mencionado, todos los carabineros que no mantengan armas propias inscritas podrán “optar a solicitar que se le proporcione un arma y munición fiscal para que sea portada en calidad de franco, acorde a la normativa contenida en el reglamento de armamento y municiones para Carabineros de Chile”.

Según el texto, esta decisión se tomó “atendidas las diversas actuaciones del personal de Carabineros, que en calidad de franco y en cumplimiento del deber de manera valerosa y aun a riesgo de su propia integridad física, presta auxilio policial a víctimas de graves delitos, cuyos hechores lo hacen con armamento de alto poder de fuego; o bien, cuando son ellos mismos y sus familias quienes son víctimas de la delincuencia”.

Sin embargo, para poder obtener un arma, los funcionarios de la policía nacional deberán cumplir cinco criterios:

  • Será analizada la hoja de vida del funcionario.
  • Deberán tener la práctica de tiro al día.
  • Tendrán que presentar un informe del mando de unidad conforme a la realidad territorial y desplazamiento del personal.
  • Deberá haber cargo de armamento suficiente para estos efectos.
  • La revisión de otros antecedentes por los mandos.

 

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