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Acuerdo de Unión Civil es declarado constitucional y espera su promulgación

La Normativa entrará en vigencia tras seis meses desde su publicación en el diario oficial.

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6 Abril, 2015

El Acuerdo de Unión Civil (ex Acuerdo de Vida en Pareja) quedó en condiciones para su promulgación, tras pasar por el Tribunal Constitucional para su revisión.

Así, el TC declaró constitucional el artículo 22°, donde se señala que “deberá conocer de los asuntos a que se refiere el artículo 8° de la ley N 19.968, que se promuevan entre los convivientes civiles, el juez con competencia en materias de familias. Con todo la liquidación de los bienes comunes podrá efectuarse de común acuerdo por los convivientes civiles o sus herederos”. En tanto, optó por no pronunciarse sobre el artículo 35° referido a inhabilidades judiciales.

De esta forma el proyecto queda en condiciones para convertirse en ley. Según establece el mismo proyecto, los primeros acuerdos de Unión Civil en Chile podrán suscribirse tras de seis meses de la publicación de esta norma en el Diario Oficial.

FOTO: La Tercera

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