El segundo punto dice que hubo responsabilidad de Carlos Montes “al no observar los principios de eficiencia y eficacia en la ejecución del programa asentamientos precarios durante los años 2022 y 2023 en curso”.

Por su parte el tercero acusa al ministro de infringir el artículo 62 n°8 del decreto con fuerza de ley que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575.

El capítulo cuarto acusa al ministro Carlos Montes por haber infringido el artículo 8 inciso primero de la Constitución.

Mientras que el quinto punto dice que existe responsabilidad constitucional del ministro por la infracción de la norma que obliga al empleado público a denunciar los delitos respecto de los cuales toma conocimiento.