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19 Abril

Presidenta Bachelet promulga Ley Ricarte Soto

Lo que viene de aquí en adelante para el funcionamiento de la ley que protegerá diagnósticos y tratamientos de enfermedades de alto costo.

Por:

1 Junio, 2015

Con un emotivo homenaje, la Presidenta Michelle Bachelet promulgó la llamada Ley Ricarte Soto en honor al fallecido periodista.

La ley que crea un sistema de protección para enfermedades de diagnósticos y tratamientos de alto costo.

“Hoy es un día importante y emotivo también, porque se combinan la alegría de ver este anhelo cumplido con el justo reconocimiento y homenaje a la persona de Ricarte Soto por su lucha y hasta el último día de su vida, por visibilizar y activar a la sociedad en torno a la realidad de las personas que sufren enfermedades con diagnóstico y tratamiento de alto costo. Su lucha fue más que cubrir estos tratamientos, su cruzada convocó y sensibilizó a una ciudadanía completa, nos remeció a cada uno de nosotros”, dijo Bachelet al promulgar la ley.

La ley es un avance en el sistema de salud ya que cubrirá en un 100% las prestaciones, diagnósticos, medicamentos y hasta alimentación de las enfermedades incluidas.

Además se podrá utilizar con todo tipo de prestaciones: Isapre, Fonasa, Independientes y Fuerzas Armadas.

Los próximos pasos:

1. Los ministerios de Salud y Hacienda tienen 90 días desde hoy para dictar los reglamentos que den paso al primer decreto que regirá a partir de octubre de este año hasta el 31 de diciembre del 2016, el que incluirá un aporte fiscal de 90 mil millones de pesos, más el saldo destinado hoy por Fonasa para tratamientos de alto costo. Después un segundo decreto regirá desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre del 2017 y tendrá un aporte de 100 mil millones de pesos. Y un tercer decreto correrá desde el 1 de enero de 2018 al 30 de junio de 2019, y desde entones regirán las mismas fechas que los de auges. Estos decretos determinarán los diagnósticos y tratamientos que se irán cubriendo, se incorporarán primero los tratamientos hoy son entregados vía Fonasa o aporte director del Minsal pero universalizando su entrega.

2. Para nuevas incorporaciones y la elaboración de los respectivos decretos, los diagnósticos y tratamientos serán analizados por una comisión de recomendación priorizada, conformada por expertos y también por representantes de agrupaciones de pacientes, porque esta ley busca mantener de manera permanente la participación de la sociedad civil.

3. Se contempla la creación de una comisión ciudadana de vigilancia y control del sistema, que asesorará a los ministerios de Salud y Hacienda,  y a quienes periódicamente entregarán sus recomendaciones

4. Quedan fuera de cobertura las prestaciones efectivamente cubiertas por seguros de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, el seguro automotriz obligatorio y las que son contempladas en contratos de salud previsional para enfermedades catastróficas.

 

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