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19 Abril

Tras la aprobación la Cámara de Diputados: ¿Qué se viene para el retiro del 10%?

Cámara de Diputados FOTO: Agencia Uno.

Sin embargo, con 89 votos a favor, 43 en contra y 21 abstenciones fue rechazado en la Sala de la Cámara Baja el segundo artículo del proyecto, que consistía en la creación de un fondo solidario.

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15 Julio, 2020

Con 95 votos a favor, 36 en contra y 22 abstenciones la Cámara de Diputados aprobó en particular el proyecto que permite el retiro del 10% del fondo de pensiones.

Sin embargo, con 89 votos a favor, 43 en contra y 21 abstenciones, fue rechazado en la Sala de la Cámara Baja el segundo artículo del proyecto, que consistía en la creación de un fondo solidario.

La reforma constitucional permite a los afiliados al sistema de capitalización individual retirar hasta el 10% de sus fondos previsionales durante la vigencia del estado de excepción constitucional de catástrofe.

Por su parte, en medio de este debate, el presidente Sebastián Piñera anunció nuevas medidas para la clase media, entre ellas,  la entrega de un bono de $500 mil para los trabajadores que se vieron afectados por la emergencia sanitaria.

El debate en el Senado

Tras la aprobación en la Cámara de Diputados, la iniciativa pasará a ser discutida en el Senado, donde inmediatamente sería pasado a la Comisión de Constitución de dicha cámara, en cuya instancia podrá ser objeto de adiciones, modificaciones o enmiendas.

En esta etapa pueden darse 2 escenarios. Si la comisión lo aprueba sin realizar cambios, la Sala del Senado lo vota y, en caso de ser favorable, es despachado a ley y termina su trámite en el Congreso.

Sin embargo, si se aprueban modificaciones en comisión -lo que es altamente probable- y la Sala las aprueba, el proyecto regresa a la Cámara de Diputados para que revise y vote los cambios que se hayan realizado. Dicha etapa es parte del tercer trámite constitucional.

Si aceptan los cambios, es despachado a ley.

¿De qué se trata el proyecto?

El proyecto contempla la posibilidad de que los afiliados retiren hasta el 10% de los fondos acumulados en sus cuentas individuales, estableciendo, además, un monto máximo de retiro de 150 UF (unos $4.303.458) y un piso mínimo de 35 UF (cerca de $1.004.140).

En paralelo, si el 10% de los fondos acumulados son inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá sacar hasta dicho monto, mientras que si su ahorro no supera las 35 UF, el cotizante podrá retirar la totalidad de su saldo.

¿Quiénes podrían acceder al retiro de dinero?

El proyecto no establece tramos ni distinciones entre los cotizantes que podrían acceder al retiro de fondos, por tanto, todo aquel que tenga dinero en su cuenta de capitalización individual podría hacer efectivo su derecho.

Esto, eso sí, manteniendo los márgenes de monto mínimo y máximo de retiro por parte de los afiliados.

¿Cómo se devolvería el dinero?

Al haberse rechazado la creación de un Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, el que estaría encargado del financiamiento progresivo de los complementos de pensiones que se necesiten tras los retiros de los afiliados, será tarea del Senado establecer el mecanismo de restitución de los fondos o, por ejemplo, encargar lo anterior a una ley posterior. 

 

 

 

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